El Decreto-Ley 6, de 16 de abril de 2020, “Del Sistema de Información del Gobierno”, estableció la misión de la Oficina Nacional de Estadística e Información, como entidad nacional que dirige el Sistema Nacional Estadístico y responde por la dirección metodológica del Sistema de Información del Gobierno, que incluye su organización, coordinación, integración y control.
El Decreto 9, de 29 de junio de 2020, “Reglamento del Decreto-Ley 6 Del Sistema de Información del Gobierno”, dispuso que la Oficina Nacional de Estadística e Información para dirigir el Sistema Nacional Estadístico cumple, entre otras funciones, la de definir e implementar, a los fines estadísticos, las metodologías, clasificaciones y nomencladores, y asesorar en su uso.
El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (S.A.), constituye una nomenclatura internacional orientada a los aranceles de aduana y a las estadísticas del Comercio Exterior, la adaptación nacional es denominada Sistema Armonizado de Clasificación de Productos, en lo adelante SACLAP.
El S.A. fue puesto en vigor en 1988 y su nomenclatura hasta la fecha ha sido enmendada en siete ocasiones, I Enmienda 1992, II Enmienda 1996, III Enmienda 2002, IV Enmienda 2007, V Enmienda 2012, VI Enmienda 2017, y la VII Enmienda la entrará en vigor el 1º de enero de 2022.
Al actualizar el SACLAP con la VII Enmienda según las la Recomendación del Consejo de Cooperación Aduanera, de 2019, la nomenclatura cuenta con 21 secciones (que no participan en la codificación), 98 capítulos (dos dígitos) 1218 partidas (cuatro dígitos), 5619 subpartidas (seis dígitos) y 973 grupos (ocho dígitos).
Adicionalmente a la publicación de la nomenclatura del clasificador se publicita una síntesis metodológica, y una ficha técnica, además de otras informaciones de interés.