Clasificadores

Sistema de agrupaciones de fenómenos u objetos relativamente homogéneos, exhaustivos y mutuamente excluyentes, que son ordenados jerárquicamente. Su fin es reducir la variedad a fin de facilitar el estudio de un universo determinado. Pueden o no incluir un sistema de codificación.

Los clasificadores son una partición (cubrir todo el universo + cada elemento en una sola agrupación) y deben tener definidas reglas de interpretación y notas descriptivas y utilizar un criterio único por cada nivel.

 

El Nomenclador de Actividades Económicas (NAE) es un clasificador de actividades económicas elaborado en el marco de los trabajos para la aplicación del Sistema de Cuentas Nacionales de Cuba (SCN-C).

Su aplicación representa un importante paso de avance en el trabajo de las Estadísticas del país, pues se adecua mucho más a nuestra realidad económica a la vez que logra una correlación con el Clasificador Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas (CIIU) y con otros clasificadores internacionales.

El aumento de las relaciones económicas internacionales, la integración de Cuba a la Organización Mundial de Comercio, a la Asociación de Estados del Caribe, el surgimiento de nuevos tipos de actividades económicas y personas jurídicas, el incremento de la inversión extranjera en sus diferentes modalidades, entre otros factores, compulsan a que la actualización y revisión de este instrumento estadístico que es el Nomenclador de Actividades Económicas (NAE), se realice tomando como referencia el clasificador reconocido internacionalmente, CIIU.

Esta adaptación permite, por una parte, tomar en cuenta las características de la economía cubana, y por otra, que el clasificador nacional tenga una correspondencia adecuada con los clasificadores internacionales. En los últimos años, los clasificadores internacionales han alcanzado un nivel de armonización de notable alcance, incluyendo el Sistema Armonizado de Codificación y Designación de Mercancías (SA), la Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional (CUCI), la Clasificación Central de Productos (CCP), y la CIIU; esta última ocupa un lugar rector y central entre estos clasificadores.

Por otra parte, la aplicación del Sistema de Cuentas Nacionales de Cuba (SCN-C), demanda la utilización de una clasificación de actividades económicas que esté acorde con las bases y criterios metodológicos de este sistema de medición macroeconómica. También el SCN-C, aunque introduce adaptaciones y modificaciones de acuerdo a las características de la economía cubana, toma como referencia el SCN de Naciones Unidas, que utiliza la CIIU como clasificador de actividades económicas.

 

A tenor del Decreto 9, Reglamento del Decreto-Ley 6 “Del Sistema de Información Del Gobierno, del 29 de junio de 2020, la Oficina Nacional de Estadística e Información, para dirigir el Sistema Nacional Estadístico cumple, entre otras funciones, la de definir e implementar, a los fines estadísticos, las metodologías, clasifica­ciones y nomencladores, y asesorar en su uso. El Clasificador Nacional Uniforme de Ocupaciones, CNUO es una adaptación de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones desarrollada por la Organización Internacional del Trabajo, OIT.

El CNUO se establece como instrumento oficial y de uso obligatorio por los suje­tos del Sistema de Información del Gobierno. Es un sistema organizado y agregado de  datos relativos a la ocupación, conformado por categorías homogéneas, exhaustivas y mutuamente excluyentes que  facilita un marco para  el análisis, la agregación y la descripción de  los contenidos del  trabajo,  constituyéndose  en  un  elemento  de  armonización  e infraestructura estadística; se puede considerar como un instrumento técnico que  describe la estructura ocupacional del país, con base en una selección de aquellos puestos de trabajo con tareas y características  similares  para   conformar  las  ocupaciones  más representativas.

El CNUO tiene una estructura jerárquica piramidal, integrada en 4 niveles de agregación, identificadas mediante un código numérico a 1, 2, 3 y 4 dígitos, relacionada con el respectivo nivel. Los documentos que publicamos tienen como finalidad brindar una herramienta metodológica que permita conocer los conceptos, definiciones, principios básicos, normas de aplicación, lo que permitirá un correcto uso de la clasificación y una fácil comprensión de la misma.

El Decreto 9, Reglamento del Decreto-Ley 6 “Del Sistema de Información del Gobierno, del 29 de junio de 2020, dispuso que la Oficina Nacional de Estadística e Información, para dirigir el Sistema Nacional Estadístico cumple, entre otras funciones, la de definir e implementar, a los fines estadísticos, las metodologías, clasifica­ciones y nomencladores, y asesorar en su uso.

El Clasificador Nacional de Educación (CNED), es una adaptación del Manual de Campos de educación y capacitación CINE-F 2013 que acompaña la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación, CINE 2011. El CNED contiene una clasificación de los títulos y certificados expedidos en todos los niveles de enseñanza, avalados por los ministerios correspondientes.

El CNED se establece como instrumento oficial y de uso obligatorio por los sujetos del sistema de información del Gobierno. El CNED tiene una jerarquía de tres niveles campos de educación y capacitación, campos amplios 11, campos específicos 30 y campos detallados 83. Adicionalmente a la publicación de la nomenclatura del clasificador se publicita una ficha técnica, una síntesis metodológica, y documento en Word para descargar que contiene la nomenclatura del CNED con sus notas explicativas. Los documentos que ponemos a su disposición tienen como finalidad brindar una herramienta metodológica que permita conocer los conceptos, definiciones, principios básicos, normas de aplicación, lo que permitirá un correcto uso de la clasificación y una fácil comprensión de la misma.

El Decreto-Ley 6, de 16 de abril de 2020, “Del Sistema de Información del Gobierno”, estableció la misión de la Oficina Nacional de Estadística e Información, como entidad nacional que dirige el Sistema Nacional Estadístico y responde por la dirección metodológica del Sistema de Información del Gobierno, que incluye su organización, coordinación, integración y control.

El Decreto 9, de 29 de junio de 2020, “Reglamento del Decreto-Ley 6 Del Sistema de Información del Gobierno”, dispuso que la Oficina Nacional de Estadística e Información para dirigir el Sistema Nacional Estadístico cumple, entre otras funciones, la de definir e implementar, a los fines estadísticos, las metodologías, clasificaciones y nomencladores, y asesorar en su uso.

El Clasificador de Productos de Cuba, CPCU 2.01 es una adaptación de la Clasificación Central de Productos (CPC) versión 2.0, de la División de Estadísticas de las Naciones Unidas.

El CPCU se establece como instrumento oficial y de uso obligatorio por los suje­tos del Sistema de Información del Gobierno.

El CPCU es el instrumento que se utiliza para la recolección y tabulación de la información estadística sobre bienes y servicios; incluye categorías para la mayoría de los productos que pueden ser objeto de transacción nacional o internacional, o que pueden almacenarse según las características de la economía nacional; promueve la armonización entre estadísticas de diversos sectores de la economía en cuanto a la producción, consumo intermedio, consumo final, formación de capital, análisis de mercados y cadenas productivas.

El CPCU tiene una estructura jerárquica  integrada  en 7 niveles de agregación que se reparten en 10 secciones identificadas por un dígito, 71 divisiones dos dígitos, 322 grupos tres dígitos, 1264 clases cuatro dígitos, 2740 Subclase cinco dígitos, 1751 Partidas siete dígitos y 1881 subpartidas nueve dígitos. Adicionalmente a la publicación de la nomenclatura del clasificador se publicita una ficha técnica, una Síntesis Metodológica, documento en Excel con la nomenclatura del CPCU y para descargar nomenclatura del CPCU con sus notas explicativas.

El Clasificador Nacional de Actividades Económicas (CNAE), se deriva de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas, CIIU revisión 4 del año 2009, de la División de Estadísticas de las Naciones Unidas. 

El CNAE se establece como instrumento oficial y de uso obligatorio por los sistemas de información de los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, las organizaciones superiores de dirección empresarial, administraciones locales del Poder Popular, organizaciones políticas y de masas y las entidades nacionales.

El CNAE sirve como instrumento del proceso de producción estadística para cada uno de los sectores económicos y ofrece un marco para la comparación internacional y  nacional  de  todas  las  actividades económicas, clasifica las unidades estadísticas por su actividad económica principal según objeto social aprobado y abarca la estructura económica del país a través de una amplia gama de actividades, permitiendo organizar la información estadística de la estructura económica del país. 

El CNAE tiene una estructura jerarquizada e integrada  en 4 niveles de agregación que se reparten en 21 secciones identificadas mediante un código alfabético de una letra, y 87 divisiones, 238 grupos y 421 clases identificados respectivamente por un código  numérico independiente del alfabético con 2, 3 y 4 dígitos.

Adicionalmente a la publicación de la nomenclatura del clasificador se publica una correlación entre el CNAE-NAE-CIIU, una síntesis metodológica y una ficha técnica.

Los documentos que ponemos a su disposición son una versión de trabajo  de la Oficina hasta tanto queden oficializados y puestos en vigor por Resolución del Jefe de la ONEI, estos tienen como finalidad brindar una herramienta metodológica que permita conocer los conceptos, definiciones, principios básicos y normas de aplicación, lo que permitirá un correcto uso de la clasificación y una fácil comprensión de la misma. Oportunamente se publicitaran los cambios que se puedan introducir a la misma

A tenor del Decreto 9, Reglamento del Decreto-Ley 6 “Del Sistema de Información Del Gobierno, del 29 de junio de 2020, la Oficina Nacional de Estadística e Información, para dirigir el Sistema Nacional Estadístico cumple, entre otras funciones, la de definir e implementar, a los fines estadísticos, las metodologías, clasifica­ciones y nomencladores, y asesorar en su uso.

La Clasificación del Consumo Individual por Finalidades (CCIF), es una adopción de su referente internacional de igual nombre, de marzo de 2018 de la Comisión de Estadísticas de las Naciones Unidas. El CCIF permite clasificar la información estadística captada en la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, el cálculo del Índice de Precios al Consumidor y del Producto Interno Bruto, y asegurar la comparabilidad nacional e internacional.

El CCIF se establece como instrumento oficial y de uso obligatorio por los suje­tos del Sistema de Información del Gobierno.

El CCIF tiene una estructura jerárquica y su sistema de cifrado es numérico con un nivel de desagregación de cuatro niveles (2 a 5 dígitos) conformados por: divisiones (2 dígitos), grupos (1 dígito), clases (1 dígito) y subclases (1 dígito). La CCIF está dispuesta en forma vertical: primero los gastos de los hogares División 01-13, luego los de las ISFLSH  División 14 y por último los gastos del gobierno general división 15.

El Decreto-Ley 6, de 16 de abril de 2020, “Del Sistema de Información del Gobierno”, estableció la misión de la Oficina Nacional de Estadística e Información, como entidad nacional que dirige el Sistema Nacional Estadístico y responde por la dirección metodológica del Sistema de Información del Gobierno, que incluye su organización, coordinación, integración y control.

El Decreto 9, de 29 de junio de 2020, “Reglamento del Decreto-Ley 6 Del Sistema de Información del Gobierno”, dispuso que la Oficina Nacional de Estadística e Información para dirigir el Sistema Nacional Estadístico cumple, entre otras funciones, la de definir e implementar, a los fines estadísticos, las metodologías, clasificaciones y nomencladores, y asesorar en su uso.

El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (S.A.), constituye una nomenclatura internacional orientada a los aranceles de aduana y a las estadísticas del Comercio Exterior, la adaptación nacional es denominada  Sistema Armonizado de Clasificación de Productos, en lo adelante SACLAP.

El S.A. fue puesto en vigor en 1988 y su nomenclatura hasta la fecha ha sido enmendada en siete ocasiones, I Enmienda 1992, II Enmienda 1996, III Enmienda 2002, IV Enmienda 2007, V Enmienda 2012, VI Enmienda 2017, y la VII Enmienda la entrará en vigor el 1º de enero de 2022.

Al actualizar el SACLAP con la VII Enmienda según las la Recomendación del Consejo de Cooperación Aduanera, de 2019, la nomenclatura cuenta con 21 secciones (que no participan en la codificación), 98 capítulos (dos dígitos) 1218 partidas (cuatro dígitos), 5619 subpartidas (seis dígitos) y 973 grupos (ocho dígitos).

Adicionalmente a la publicación de la nomenclatura del clasificador se publicita una síntesis metodológica, y una ficha técnica, además de otras informaciones de interés.